¿CÓMO VA MI TRÁMITE?



¿CÓMO VA MI TRÁMITE?

TITULAR

Licenciado Adolfo Rafael Cámara

Licenciado en derecho, independiente e imparcial, facultado para autenticar y dar forma, en los términos de ley, a los instrumentos en que se consignan actos y hechos jurídicos; teniendo el fíat o patente de notario público fue designado para que en forma permanente se haga cargo de la administración de un protocolo, como Titular de la Notaría Pública No. 3 del Tercer Distrito Judicial del Estado, con sede en la Ciudad de Escárcega, Estado de Campeche, prestando el servicio público notarial desde el año de 1997.

03
Escárcega
1997
Desde
900+
Clientes
10500+
Instrumentos
¿QUIÉNES SOMOS?

MISIÓN

Brindar certeza y seguridad jurídica, en los términos de ley, a los instrumentos en que se consignan actos y hechos jurídicos otorgados bajo su fe.

Artículos 1 y 2 de la Ley del Notariado para el Estado de Campeche

Protocolo
Protocolo
Protocolo
Protocolo

VISIÓN

El notario público titular, Licenciado Adolfo Rafael Cámara, fungirá como asesor jurídico de los comparecientes; les explicará el valor y las consecuencias legales de los instrumentos que se otorguen ante su fe. En consecuencia, el notario deberá actualizarse constantemente para efectos de continuar en el ejercicio del encargo, por lo que deberá pertenecer de manera obligatoria al Colegio de Notarios del Estado de Campeche.

Artículo 3 de la Ley del Notariado para el Estado de Campeche

Congreso
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Arrendamiento

Es un contrato mediante el cual una parte, llamada arrendador, se obliga a transferir de modo temporal el uso o goce de una cosa a otra parte, llamada arrendatario, quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y determinado.

Requisitos:

  • Titulo de Propiedad o Certificado Parcelario (en su caso) original.
  • Recibo de pago de impuesto predial y agua potable (últimos).
  • Acta de nacimiento, C.U.R.P., Credencial de Elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. de los contratantes.
  • Comprobante Domiciliario Catastral del arrendador.
  • Documento que acredite la legal existencia de la persona moral (en su caso).
  • Documento que acredite la personalidad del representante legal de la persona moral (en su caso).

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

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Cancelación

Es un acto mediante el cual se cancela alguna limitación o gravamen que existía sobre cierta propiedad o derecho registrado.

Requisitos:

  • Documento original en que consta la limitación o gravamen a la propiedad.
  • Acta de nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. del solicitante.
  • Certificado de No Adeudo o Instrucción Notarial.
  • Comprobante Domiciliario Catastral del titular registral.
  • Documento que acredita la legal existencia de la persona moral (en su caso).
  • Documento que acredita la personalidad del representante legal de la persona moral (en su caso).

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Certificación

Es el acto jurídico por medio del cual un funcionario público, en el ejercicio de su cargo, da fe de la existencia de un hecho, acto o calidad personal de alguien, que le consta de manera indubitable, por razón de su oficio.

Requisitos:

  • Documento (a certificar) original.
  • Acta de nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. del solicitante.

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Comodato

Es el contrato en virtud del cual uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible y el otro contrae la obligación de restituirla individualmente.

Requisitos:

  • Documento que acredite la propiedad del comodante.
  • Comprobante Domiciliario Catastral del titular registral (en su caso).
  • Acta de nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. del solicitante.

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Compraventa

Es un contrato en virtud del cual uno de los contratantes, llamado vendedor, se obliga a transferir el dominio de una cosa o un derecho a otro, llamado comprador, quien a su vez se obliga a pagar un precio cierto y en dinero.

Requisitos:

  • Titulo de Propiedad original.
  • Recibos de pago de impuesto predial y agua potable (últimos).
  • Certificado de No Adeudo (Tesorería Municipal).
  • Certificado de Valor Catastral (Tesoreria Municipal). En caso de compraventa de fracciones, se deberá pedir uno por cada fracción.
  • Comprobante Domiciliario Catastral del vendedor.
  • Acta de Matrimonio (en su caso).
  • Acta de nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. de los contratantes.
  • Plano.
  • Fotografías digitales del predio.

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Crédito

Es un contrato por el cual el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado o contraer una obligación por cuenta de éste para que él mismo haga uso del crédito concedido en la forma y en los términos y condiciones convenidos, quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que se disponga, o a cubrirlo oportunamente por el importe de la obligación que contrajo y en todo caso a pagarle los intereses, prestaciones, gastos y comisiones que se estipulen.

Requisitos:

  • Documento que acredita la propiedad del acreditado (en su caso).
  • Acta de nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. de los contratantes.
  • Comprobante Domiciliario Catastral del titular registral.
  • Documento que acredita la legal existencia de la persona moral (en su caso).
  • Documento que acredita la personalidad del representante legal de la persona moral (en su caso).

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Donación

Mediante este contrato una persona llamada donante, se obliga a transmitir de manera gratuita el dominio de una parte de la totalidad de sus bienes presentes a otra persona llamada donatario, quien acepta dicha transmisión en vida del donante.

Requisitos:

  • Titulo de Propiedad original.
  • Recibos de pago de impuesto predial y agua potable (últimos).
  • Certificado de No Adeudo (Tesorería Municipal).
  • Certificado de Valor Catastral (Tesoreria Municipal).
  • En caso de donación de fracciones, se deberá pedir uno por cada fracción.
  • Comprobante Domiciliario Catastral del donante.
  • Acta de Nacimiento de la persona que recibe la donación (hijo y/o nieto).
  • Acta de Matrimonio (en su caso).
  • C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. de los contratantes.
  • Croquis (en caso de deslinde).
  • Fotografía digital del predio.

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Fusión de predios

Consiste en expedir la autorización para unir dos o más predios que estén contiguos a fin de que se conviertan en uno solo.

Requisitos:

  • Titulos de Propiedad originales.
  • Recibos de pago de impuesto predial (último).
  • Certificado de No Adeudo (Tesorería Municipal) de cada predio.
  • Plano de ambos predios así como de la fusión.
  • Comprobante Domiciliario Catastral del titular registral.
  • Acta de Nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. de los contratantes.
  • Fotografía digital de los predios.

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

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Mutuo

Es un contrato por medio del cual una persona llamada mutuante, se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles a otra persona llamada mutuatario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.

Requisitos:

  • Acta de Nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. de los contratantes.
  • Comprobante Domiciliario Catastral del titular registral (en su caso).
  • En caso de garantía prendaria:
  • Factura y/o documento que ampare la propiedad.
  • En caso de garantía hipotecaria:
  • Título de propiedad.
  • Recibo de predial (último).
  • Recibo de agua potable (último).
  • Comprobante domiciliario catastral del titular registral.

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

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Poder

Poder es la facultad concedida a una persona, llamada representante, para obrar a nombre y por cuenta de otra, denominada representada.

Requisitos:

  • Acta de Nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. de los contratantes.
  • Documento que acredita la propiedad del otorgante (en caso de poderes para actos de dominio).

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

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Protocolización de documentos

De acuerdo al Art. 89 de la Ley del Notariado para el Estado de Campeche, para la protocolización de documentos, el notario transcribirá en la parte relativa del acta que al efecto se asiente y lo agregará al apéndice.

Requisitos:

  • Documento (a protocolizar) original.
  • Acta de Nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. del solicitante.
  • Documento que acredita la legal existencia de la persona moral (en su caso).
  • Documento que acredita la personalidad del representante legal de la persona moral (en su caso).

LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE CAMPECHE.

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Reconocimiento de adeudo

Es el acto por medio del cual una persona física o moral reconoce deber una cantidad a la parte acreedora.

Requisitos:

  • Documento que acredite la propiedad del deudor.
  • Acta de Nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. del solicitante.
  • Documento que acredite la legal de existencia de la persona moral (en su caso).
  • Documento que acredite la personalidad del representante legal de la persona moral (en su caso).

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

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Revocación

Acto jurídico en virtud del cual una persona se retracta del que ha otorgado a favor de otra, dejándolo sin efecto, siendo posible únicamente en los de carácter unilateral, como el testamento o el mandato.

Requisitos:

  • Documento (a revocar) original.
  • Acta de Nacimiento, C.U.R.P., Credencial de elector, Comprabante de domicilio y R.F.C. del solicitante.

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

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Sociedad

La sociedad es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de repartir entre sí las ganancias (Sociedad Civil) La sociedad mercantil (o sociedad comercial) es aquella sociedad que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se opone a la sociedad civil.

Requisitos:

  • Credencial de Elector, Acta de Nacimiento, C.U.R.P., R.F.C. y Comprobante de domicilio de cada socio.
  • Objeto Social.
  • 6 posibles nombres de la sociedad o asociación (en orden de preferencia).
  • Capital Social.
  • Domicilio social.
  • Administración de la sociedad (Consejo de Administración, Vigilancia, etc.).

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE Y LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.

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Sucesión Testamentaria e Intestamentaria

Sucesión que se basa en la existencia de un testamento válido (testamentarias), otorgado en cualquiera de las formas admitidas por el legislador. Sucesión que se defiere por ministerio de la ley, cuando concurren los presupuestos establecidos al efecto (intestamentaria).

Requisitos:

  • Acta de Defunción.
  • Acta de Nacimiento o Acta de Matrimonio (en su caso) del promovente o albacea testamentario.
  • Testamento original (en su caso).
  • Documento que acredite la(s) propiedad(-es) del difunto.
  • Recibo de pago de impuesto predial (último).
  • Recibo de pago de agua potable (último).
  • Credencial de Elector, C.U.R.P., R.F.C. y Comprobante de domicilio del Promovente o Albacea Testamentario.
  • Comprobante domiciliario catastral del titular registral.

LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE CAMPECHE.

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Testamento

El testamento es el documento donde se plasma la decisión de una persona con respecto a su patrimonio, designado a las personas que lo recibirán en el momento de su muerte. Su finalidad básica es que el patrimonio perdure a pesar de que el dueño de éste muera.

Requisitos:

  • Acta de Nacimiento, Credencial de Elector, C.U.R.P. del testador.
  • Documento que acredite la(s) propiedad(-es) del testador (en su caso).
  • Comprobante Domiciliario Catastral (en su caso).

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

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Usufructo

Derecho real, de eficacia temporal que otorga al titular el disfrute de las utilidades que derivan del normal aprovechamiento de la cosa ajena, condicionado con la obligación de devolver, en el término fijado al efecto, la misma cosa o su equivalente.

Requisitos:

  • Titulo de Propiedad original.
  • Recibo de pago de impuesto predial y agua potable (últimos).
  • Comprobante Domiciliario Catastral del titular registral.
  • Certificados de No Adeudo y Valor Catastral (Tesorería Municipal).
  • Acta de Nacimiento, Credencial de Elector, C.U.R.P., R.F.C. y Comprobante de domicilio de los contratantes.
  • Acta de Nacimiento (hijo y/o nieto).

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

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